Subsidio de electricidad por estratos en Colombia: requisitos y cómo solicitarlo

En Colombia, los hogares clasificados en los estratos 1, 2 y 3 tienen derecho a un subsidio que reduce el valor de la factura de energía eléctrica. Este mecanismo existe porque el costo real del servicio es el mismo para todos, pero el Estado reconoce que los hogares de menores ingresos no pueden pagarlo en su totalidad.

El subsidio no es un dinero que recibes en efectivo: se aplica directamente sobre la factura que emite tu empresa de servicios públicos. Si ya vives en un inmueble de estrato 1, 2 o 3, lo más probable es que ya te lo estén aplicando sin que hayas tenido que hacer ningún trámite adicional.

Qué es este beneficio y para qué sirve

El subsidio de electricidad por estratos es un descuento sobre la tarifa de energía eléctrica que aplica la empresa prestadora del servicio a los hogares de estratos 1, 2 y 3. El marco legal que lo sostiene es la Ley 142 de 1994 (régimen de servicios públicos domiciliarios) y sus normas reglamentarias.

El porcentaje de descuento varía según el estrato:

Estos descuentos se financian en parte con los aportes (contribuciones) que pagan los estratos 5 y 6 y los usuarios comerciales e industriales. La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) define las tarifas base; la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios vigila que las empresas apliquen correctamente el esquema. Los recursos de subsidio que no cubren las contribuciones los aporta el Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos (FSSRI), administrado por cada municipio o distrito.

Quién puede acceder

El criterio principal es la estratificación socioeconómica del inmueble, no los ingresos del hogar ni el estado laboral del solicitante.

Requisitos para recibir el subsidio

Quién no puede acceder

No se evalúan edad, composición del grupo familiar ni inscripción en el Sisbén para este subsidio en particular, aunque el Sisbén sí es relevante para otros programas de servicios públicos.

Documentación necesaria

En la mayoría de los casos el subsidio se aplica de manera automática porque la empresa prestadora conoce el estrato del inmueble. Sin embargo, si detectas que no te lo están aplicando o si acabas de instalar el servicio, es posible que debas acreditar:

No se cobran derechos ni aranceles por ninguno de estos trámites.

Cómo solicitarlo paso a paso

El trámite es gratuito y directo con la empresa de servicios públicos. No necesitas intermediarios ni gestores.

1. Revisa tu factura actual. Busca el campo de estrato y verifica si aparece el descuento por subsidio. Si el estrato es 1, 2 o 3 y el descuento no figura, hay un error que debes reportar.

2. Contacta a tu empresa prestadora. Cada municipio tiene su propia empresa de energía (EPM en el Área Metropolitana de Antioquia, Codensa en Bogotá, Electricaribe —hoy Air-e y Afinia— en la Costa Caribe, entre otras). Puedes ir a la oficina de atención al cliente, llamar a la línea gratuita o usar el portal web oficial de la empresa.

3. Solicita la aplicación o corrección del subsidio. Presenta los documentos indicados arriba. La empresa tiene la obligación legal de revisar el caso y darte una respuesta.

4. Si el estrato del inmueble es incorrecto, puedes interponer un recurso de reposición ante la empresa o solicitar a la alcaldía la revisión de la estratificación. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios atiende quejas si la empresa no responde: puedes hacerlo a través del portal superservicios.gov.co.

5. Verifica las siguientes facturas para confirmar que el descuento quedó aplicado correctamente.

Monto y forma de cobro

El subsidio no se cobra en efectivo: se descuenta directamente del valor que aparece en la factura de energía.

El monto depende de tres variables:

La tarifa base se actualiza periódicamente por resolución de la CREG. Cualquier cifra en pesos que encuentres en internet puede estar desactualizada: para saber cuánto te están descontando, mira el desglose de tu propia factura o consulta directamente con tu empresa prestadora.

Incompatibilidades y motivos de baja

Preguntas frecuentes

¿Qué hago si mi factura no muestra ningún descuento aunque vivo en estrato 2? Contacta a tu empresa prestadora y reporta el error con tu factura en mano. Ellos están obligados a revisar el caso. Si no obtienes respuesta en un plazo razonable, puedes presentar una queja formal ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en superservicios.gov.co.

¿El subsidio aplica si soy arrendatario y no soy el titular del contrato de energía? El subsidio va ligado al inmueble y al estrato, no a la persona. Si el contrato está a nombre del propietario y el inmueble es de estrato 1, 2 o 3, el descuento igual aparece en la factura. Lo que importa es que el uso declarado sea residencial.

¿Puedo perder el subsidio si el municipio cambia la estratificación de mi barrio? Sí. La estratificación la define y actualiza cada alcaldía. Si tu sector sube de estrato, el subsidio disminuye o desaparece. Tienes derecho a impugnar la reclasificación ante la alcaldía si consideras que es incorrecta.

Me rechazaron la corrección de estrato. ¿Qué puedo hacer? Puedes interponer un recurso de reposición ante la empresa de servicios públicos y, si persiste el desacuerdo, acudir a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. También puedes solicitar a la Oficina de Planeación de tu municipio que revise la estratificación del inmueble.

¿Este subsidio tiene relación con el Sisbén IV? No directamente. El subsidio de electricidad por estratos se basa en la clasificación del inmueble, no en el grupo del Sisbén (A, B, C o D). Sin embargo, el Sisbén IV sí es el criterio de acceso a otros subsidios de servicios públicos y programas sociales como Renta Ciudadana.


Los porcentajes de descuento y los límites de consumo de subsistencia se actualizan periódicamente por resoluciones de la CREG y por decisiones municipales. Verifica siempre la información vigente con tu empresa de energía o en el portal de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.